Tayikistán obliga a la presencia de un hombre en las oraciones rituales para mujeres

En Tayikistán, durante el duojoní —el ritual religioso de lectura de oraciones— pasa a ser obligatoria la presencia de un hombre. Así lo establece el nuevo procedimiento para la celebración del duojoní, aprobado por el Comité de Religión y Ordenamiento de Tradiciones, Celebraciones y Rituales del Gobierno del país, según informa “Asia-Plus”.

En los duojoní organizados para mujeres y niños deberán estar presentes sus majrams: parientes cercanos de sexo masculino con quienes la mujer no puede contraer matrimonio por razones de consanguinidad o parentesco de leche (por ejemplo, padre, hermano, hijo, abuelo o tío). En el caso de los hombres, se trata, respectivamente, de la madre, la hermana, la hija, la abuela y la tía.

El procedimiento no precisa si se requiere la presencia de un majram por cada mujer o si basta con uno para todo el grupo. A los oficiantes religiosos se les prohíbe llevar a cabo el ritual sin la participación de dichos parientes.

Cabe señalar que no existe un requisito equivalente para los hombres, por lo que la norma sobre el majram genera una desigualdad de género.

El mismo documento delimita quiénes tienen derecho a oficiar el duojoní. Entre ellos figuran:

▪️ los miembros del Consejo de Ulemas;

▪️ los imam-jatibes principales, rectores de las mezquitas catedralicias centrales;

▪️ los imam-jatibes de las mezquitas catedralicias;

▪️ los imanes de las mezquitas donde se reza cinco veces al día;

▪️ los adjuntos de los imam-jatibes e imanes;

▪️ los almuédanos.

Desde el Comité señalaron que los oficiantes religiosos pueden prestar ayuda a las personas que soliciten la lectura de una oración musulmana o la celebración de un ritual. Al mismo tiempo, están obligados a cumplir las normas sanitarias y epidemiológicas y a atenerse estrictamente a la legislación de Tayikistán. En particular, tienen prohibido:

▪️ prestar servicios vinculados a la brujería, la magia y la adivinación;

▪️ cometer actos inmorales;

▪️ grabar en vídeo la celebración del ritual y difundir las grabaciones en los medios de comunicación o en internet;

▪️ oficiar rituales masivos de duojoní sin los certificados correspondientes expedidos por el Comité de Religión.

Desde el organismo explicaron que el nuevo procedimiento se ha adoptado ante la frecuencia con la que los ciudadanos recurren a adivinos, brujos y “mulás no oficiales”. Si las autoridades no contemplan una vía oficial para recibir asistencia religiosa, los ciudadanos seguirán acudiendo a personas cuya actividad el Estado no controla, lo que dificulta la supervisión y aumenta el riesgo de infracciones, subrayaron en el Comité.

Según datos del Ministerio del Interior de Tayikistán, a comienzos de 2026 se habían detectado y registrado en el país más de 5.000 adivinos, brujos y “mulás no oficiales”. En 2024 se introdujeron modificaciones en el Código de Infracciones Administrativas que castigan la adivinación y la brujería con multas de hasta 4.500 somoníes (487 dólares) o con arresto administrativo de hasta 15 días. Si la infracción se comete de nuevo en el plazo de un año, puede abrirse una causa penal, con una pena máxima de dos años de privación de libertad.